¿En qué consiste la LSSI?
La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Correo Electrónico pretende regular todas aquellas actividades comerciales o que persigan un fin económico, y que se realicen a través de medios electrónicos.
Es fundamental a la hora de tener una página web respetar las obligaciones legales establecidas por esta normativa. De ese modo nos evitaremos sanciones económicas elevadas, que pueden llegar a los 600.000 euros, en los casos más graves.
La LSSI indica que debemos mostrar en nuestra página web la siguiente información:
- Nombre o denominación social; domicilio, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer una comunicación directa con el titular de la web.
- Los datos de inscripción en los Registros Públicos (como el Registro Mercantil) y CIF/NIF.
- Si procede, indicar códigos de conducta a los que se esté adherido.
- Precios de los productos que ofrecen, indicando los impuestos y gastos de envío.
- En el caso de actividades sujetas a autorización administrativa, incluir los datos de colegiación y titulo académico de los profesionales que ejerzan una profesión regulada, indicando también los datos del órgano encargado de su supervisión.
Imagen de Bob AuBuchon |
¿Qué otras obligaciones impone la LSSI?
Si en la web se realiza algún tipo de contratación online, además de la información básica que hemos nombrado más arriba, se deberá informar sobre:
- Los pasos que el usuario debe seguir para formalizar el contrato.
- Informar si el documento electrónico del contrato se va a archivar y si éste será accesible.
- Informar la forma de corregir errores en la introducción de datos.
- Lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato.
- Informar de condiciones generales y particulares que pueda tener el contrato.
Si hacemos publicidad en nuestra página web deberemos tener en cuenta que:
- El anunciante deberá identificarse con claridad.
- El carácter publicitario del mensaje debe resultar inequívoco.
- Si se realizan ofertas, concursos o juegos promocionales, además de lo anterior deberemos:
- Identificarlas como tales.
- Expresar de forma clara las condiciones de participación.
- Cuando se envíe publicidad por correo electrónico, SMS etc:
- El destinatario debe haber dado su consentimiento previamente para recibir los mensajes publicitarios.
- Identificar el mensaje publicitario con la palabra “publicidad” o “publi”.
- Establecer procedimientos sencillos para facilitar revocación del consentimiento del usuario.
Si respetamos esta y otras normativas legales en nuestra página web, no sólo evitaremos futuros problemas con la justicia, también garantizaremos a nuestros usuarios su protección en la red y ofreceremos la misma seguridad, garantías y confianza, que ofreceríamos en nuestro negocio de forma física.
No hay comentarios:
Publicar un comentario