Mostrando entradas con la etiqueta normales legales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta normales legales. Mostrar todas las entradas

viernes, 21 de diciembre de 2012

Consideraciones legales acerca del e-commerce – Masterclass

Rafael García del Poyo, abogado socio del despacho Osborne Clarke, habla en esta Masterclass sobre las consideraciones legales acerca del comercio electrónico. El objetivo es dar una visión general y práctica para que todas las personas que quieran crear o hayan abierto ya su tienda online se puedan acercar y enfrentar fácilmente a la aplicación de las tecnologías de la información en las empresas.

Antes de adentrarnos en esta clase debemos recordar que el entorno digital aporta muchísimas oportunidades y debemos utilizarlas, especialmente en el comercio electrónico, para que la experiencia sea beneficiosa para todos, tanto clientes como vendedores.


En este vídeo se tratan los siguientes puntos:
  • Determinación de la legislación aplicable
  • Reglamentación sobre contenidos
  • Seguridad y privacidad de los datos transferidos
  • Medios de pago en la red
  • Protección de datos de carácter personal
  • Protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual
  • Facturación telemática
  • Otros aspectos legales y fiscales
Si queréis ampliar información os recomendamos las siguientes lecturas:
Esperamos que os haya servido de ayuda, recordad que también tenéis a vuestra disposición otras dos Masterclass, sobre “Usabilidad y diseño” y “Cómo escribir en Internet”.

martes, 28 de agosto de 2012

La garantía legal de los contratos online

La contratación por medios electrónicos en España se rige por el mismo principio que toda la contratación en el Código Civil: la libre voluntad de las partes. No obstante, un contrato para la compra de un bien o la prestación de un servicio debe cumplir una serie de requisitos legales que, si quedan claros y bien detallados a la hora de hacer la operación, son una garantía a la hora de resolver posibles conflictos futuros.

Se puede contratar o comprar algo con un simple golpe de click o se puede llegar a la formalidad legal de la firma electrónica (en algunos casos obligatoria). Pero sin entrar ahora en todo el abanico de modalidades tecnológicas que permite el enorme desarrollo de la contratación online, hay dos momentos clave a la hora de hacer una contratación electrónica que un usuario o pyme debe tener muy en cuenta desde el punto de vista legal:

  1. Informar en todo momento de las condiciones generales del contrato. Durante toda la negociación, el vendedor u oferente debe permitir acceso al comprador a todas las cláusulas que rigen o constituyen el objeto del contrato. Sobre todo debe acceder sin trabas a la información específica sobre los trámites a realizar para contratar, el archivo de los datos que se manejen y su accesibilidad por ambas partes, la posibilidad de hacer cambios o corregir errores en ese archivo y la lengua en la que se formaliza.
  2. El consentimiento y su confirmación. En principio, basta con que el vendedor conozca la aceptación del comprador para que el contrato tenga validez. Es decir, en el momento en que la aceptación llega al servidor del vendedor, sin que este pueda evitar conocerla sin faltar a la buena fe, existe contratación.

Pero para cerrar mejor este tipo de operativa online, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico establece una garantía más muy recomendable de usar: cuando se ha cerrado una contratación y siempre que las partes no haya acordado lo contrario, es necesario que el vendedor envíe al comprador el acuse de recibo electrónico o la confirmación de que ha recibido su aceptación de la compra o la prestación del servicio. Una operación cerrada con este trámite de confirmación del consentimiento tiene más validez legal en caso de conflicto.

martes, 21 de agosto de 2012

Normas legales para la entrega de productos comprados online

Uno de los mayores retos que tiene que superar el comercio electrónico en España es el de la seguridad jurídica. No se trata solo de temas como la fiabilidad en el pago o la protección de datos, sobre las que existen normativas y modelos específicos, sino también en lo que respecta a las normas generales de contratación y otros aspectos que se incluyen en las leyes sobre la defensa de los consumidores y usuarios.

Foto de Ivan PC
El mayor miedo de un usuario es que no le hagan entrega del bien o servicio que ha comprado, que le llegue tarde o que se lo den deteriorado. En esos casos, hay que saber que la venta online tiene sus reglas a cumplir, al igual que existen en el comercio minorista real, en las tiendas físicas. Como regla general y a no ser que se pacte otra cosa entre comprador y vendedor, un producto o servicio comprado online debe estar entregado en un plazo de treinta días, a contar desde el día en que el vendedor haya recibido la comunicación del pedido. Si el producto estuviera pagado y no estuviera disponible, el vendedor debe avisar cuanto antes al cliente y devolverle en un plazo de treinta días el dinero abonado. Si se supera ese plazo, deberá devolver el doble.

Hay que saber, además, que el comprador tiene siempre un plazo de siete días, desde que recibe un producto, para devolverlo, sin tener que justificarlo de ninguna manera. El comprador tendrá entonces un plazo de treinta días para devolver el dinero, incluidos los gastos de envío. Si se excede en ese plazo, el comprador le puede exigir el doble de la cantidad pagada.

Es evidente que no se pueden devolver todo tipo de productos. La normativa especifica algunos casos en los que no es posible:

  • Alimentos y productos perecederos
  • Bienes cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero
  • Productos elaborados a medida y personalizados que puedan deteriorarse
  • Grabaciones de audio o vídeo, discos o programas informáticos que hayan sido desprecintados
  • Ficheros informáticos online que puedan ser grabados inmediatamente
  • Prensa diaria, publicaciones periódicas y revistas
  • Servicios cuya prestación se haya iniciado de acuerdo entre las partes
  • Apuestas y Loterías del Estado

Por último, hay que saber que si llegan productos deteriorados, el comprador tiene derecho a que se lo reparen o sustituyan en un tiempo razonable, según de qué se trate. Es más, tiene seis meses para dar la conformidad definitiva a la reparación.